Ya no será necesario acreditar el RUTA para acceder a los beneficios fiscales; la medida actualiza registros y normas vinculadas al sector.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó cambios en el “Régimen de Transportistas de Hidrocarburos con Beneficios”, a través de la Resolución General 5757/2025 publicada este martes en el Boletín Oficial.
A partir de la medida, los transportistas de hidrocarburos que cuentan con exenciones totales o parciales, o con beneficios de reducción impositiva, ya no deberán acreditar la inscripción en el Registro Único del Transporte Automotor (RUTA) para incorporarse al régimen.
La decisión se enmarca en la eliminación de ese registro en diciembre pasado. Según se explicó, mantener su exigencia había perdido sentido al momento de completar el trámite.
La resolución también reemplaza el “Registro de Entidades Auditoras de Seguridad, Técnicas y Ambientales” y actualiza referencias normativas con el fin de simplificar el acceso al régimen.
Con estos cambios, ARCA modificó la Resolución General 4.775, que había implementado el sistema, en línea con la instrucción del Poder Ejecutivo de reducir cargas administrativas y facilitar el cumplimiento de los regímenes informativos.